¿El seguro de Responsabilidad Civil de Vehículo o RCV por su abreviación, es suscripción obligatoria para todo aque vehículo que circule en el territorio nacional?
Dicha obligatoriedad está indicada en el artículo N° 56 de la Ley de Tránsito Terrestre y expuesta su reglamentación en los artículos N° 64, 66, 83, 97, 99 del reglamento específico aplicable a dicha ley.
No se exponga a sanciones, asesórese o contáctenos.
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